Participa en el curso: Impuestos para no contadores.
Modalidad: virtual.
Fecha: sábado 07 de junio de 2025.
Horario: de 3 a 5 p. m.
Costo: 6,000.
Facilitadores: Andy Durán y Nelson Mena.
Contacto: 809-302-9263 y 829-791-1790.
andy-duran@hotmail.com
Impuestos - Contabilidad- Auditoría- Asesoría Legal y Financiera
Participa en el curso: Impuestos para no contadores.
Modalidad: virtual.
Fecha: sábado 07 de junio de 2025.
Horario: de 3 a 5 p. m.
Costo: 6,000.
Facilitadores: Andy Durán y Nelson Mena.
Contacto: 809-302-9263 y 829-791-1790.
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Orientación tributaria
Las declaraciones juradas de impuestos
Antes de entrar en detalle en este tema, tan importante para crear cultura
tributaria, es pertinente definir varios términos, para una mejor comprensión.
“En este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos”.
Benjamin Franklin.
1- Impuestos. Los impuestos son
contribuciones en dinero exigida de forma obligatoria por el Estado (acreedor
tributario), para cubrir sus gastos y realizar los proyectos de infraestructuras.
2- Impuestos directos. Son los que recaen de manera directa sobre los contribuyentes (personas físicas y personas jurídicas) gravando sus ingresos o sus propiedades. Por ejemplo: el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
3- Impuestos indirectos. Estos son los que recaen sobre los bienes y servicios, y por lo tanto afectan directamente el ingreso del consumidor. Por ejemplo: el Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
4- Contribuyente. Se consideran contribuyentes las personas físicas y personas jurídicas que están obligadas al pago de los tributos establecidos por leyes para el sostenimiento del Estado, sea de manera directa o indirecta.
5- Tipos de contribuyentes. En nuestro país hay dos tipos de contribuyentes:
Personas físicas. Son aquellas personas que desarrollan una actividad, profesión u oficio de manera independiente, y que generan obligaciones tributarias. Ejemplo: médicos, abogados, ingenieros, mecánicos, plomeros, entre otros.
Personas jurídicas. Son las que están conformadas por la asociación de varias personas en un organismo o una sociedad, que se identifican con una razón social con facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales.
6- Declaración jurada. Los impuestos se presentan en una declaración
jurada, que es el documento (formulario) mediante el cual, bajo fe de
juramento, el contribuyente da constancia de los servicios prestados o de la
actividad económica en un periodo determinado.
Las declaraciones juradas deben
presentarse de acuerdo al tipo de obligación y al régimen tributario a que esté
sujeto el contribuyente.
7- Tasas impositivas. El código tributario contempla varias tasas
impositivas, según sea el tipo de impuestos.
En el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las personas físicas
existen tasas progresivas que van desde un 15%, 20% y hasta un 25%, según la
escala que establece el artículo 296 del código tributario.
Las personas jurídicas pagarán el 27% sobre su renta neta gravable, de
conformidad con el artículo 297 del código tributario.
8- Mora y recargos. Consiste en pagar los impuestos después de la fecha
establecida, es decir, fuera del plazo otorgado. Esto puede ser de manera
voluntaria por parte del contribuyente o por intimación de la Administración
Tributaria.
La mora se aplica de la siguiente manera: un recargo del 10% por el primer
mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción
de mes subsiguiente, y un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada
mes o fracción de mes.
9- Notificación. Una notificación es una comunicación que les envía la Dirección General de Impuestos
Internos (DGII) a los contribuyentes para informarles acerca de una o varias
inconsistencias, y además les invita a presentarse en un plazo de cinco (5)
días laborables por la administración local que le corresponda para regularizar
su situación.
Es muy importante que el contribuyente, tan pronto reciba una
notificación, acuda en el plazo establecido para que evite una multa, que por
cierto es bastante cara.
Una vez que el contribuyente se presente ante la DGII debe firmar el
formulario de detalle de citación, y en un plazo de veinte (20) días debe
regularizar las inconsistencias señaladas. De lo contrario, la Administración
Tributaria procede a realizar la fiscalización correspondiente.
10- Inconsistencia. Esta trata de un errores u omisiones detectados en las
declaraciones juradas de los contribuyentes, ya sea por falta de concordancia
entre estas o con las declaraciones juradas de otros contribuyentes (terceros).
11- Rectificativa. Esta trata de corregir o modificar una declaración
jurada realizada a través de en un formulario o formato de envío de datos.
12- Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Es un número que sirve como
código de identificación de los contribuyentes en todas sus actividades
fiscales, y también como control de la Administración Tributaria para dar
seguimiento al cumplimiento de los deberes y derechos de estos. El RNC de las
personas físicas es su cédula de identidad y electoral.
13- Obligación tributaria. Es el compromiso que adquiere el contribuyente
una vez que se registra en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Muchos contribuyentes, ya sea por desconocimientos u otras razones, no le
dan la importancia que tiene este tema. Eso trae como consecuencia muchos
problemas económicos, de tiempo, entre otros.
El Código Tributario (Ley 11-92) establece una serie de deberes y derechos de
los contribuyentes, a los fines de cumplir con sus obligaciones tributarias.
De todos los deberes, solamente me voy a referir a dos:
1- Presentar las declaraciones juradas que correspondan, conjuntamente con
los documentos e informaciones que se les requieran.
2- Concurrir a las oficinas de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) cuando la presencia del contribuyente sea requerida.
Nota: en el caso de las declaraciones juradas, cuando el contribuyente no
tiene operaciones comerciales, es decir, que no generó ingresos ni gastos, le
corresponde realizar sus declaraciones juradas correspondientes de manera informativa,
o sea, en cero.
Es muy importante tomar en cuenta esta aclaración, porque son muchos los
contribuyentes que no saben que tienen que cumplir con sus deberes formales
ante la DGII.
He visto muchos casos de personas que crean una empresa o se registran en
la DGII como contribuyente persona física, pero como en los primeros meses o
años no tienen operaciones comerciales desconocen totalmente que tienen que
realizar las diferentes declaraciones juradas correspondientes de manera informativa,
es decir, en cero.
En la parte inferior de los formularios de declaraciones juradas hay una
parte que trata del juramento. Textualmente dice así: Declaro bajo la fe de
juramento, que los datos consignados en la presente declaración son correctos y
completos y que no he omitido ni falseado dato alguno que la misma deba
contener, siendo todo su contenido la fiel expresión de la verdad. Esto acarrea
una gran responsabilidad. No es algo tan sencillo como muchas personas piensan.
En conclusión, es muy importante que, tanto los contribuyentes como también
los asesores impositivos, hagan las cosas de conformidad a lo que establecen
las leyes, decretos y normas tributarias.
Por, Andy Durán.
“Quien considera que el servicio de un profesional cuesta
caro. No sabe lo costoso que sale contratar a un incompetente”. Andy Durán.
El título de este artículo lo dice todo. Pero es muy importante tratar este
tema con mucha seriedad, a los fines de concienciar a las personas que,
pudiendo pagar bien por la compra de un producto o la prestación de un
servicio, en la mayoría de los casos, optan por lo más barato posible. “Esto
es un grave error”.
Antes de entrar en detalle, es importante resaltar que no pretendo hacer
sentir mal a nadie. Y como dice el refrán: “Hay que arroparse hasta donde la
sábana alcance”. Es decir, que una persona que no tenga el poder económico
para consumir un producto o un servicio de calidad (costoso); pues para eso hay
muchas opciones más económicas.
En el caso de los servicios profesionales, particularmente los relacionados
con contabilidad, impuestos, auditoría y asesoría financiera. Quiero resaltar
la importancia que tienen los mismos, tanto a nivel empresarial como personal.
Todos los servicios son importantes y necesarios, pero en el caso de los
siguientes, me atrevo a hacer una conclusión a nivel personal y profesional:
1- Servicios de contabilidad e impuestos. A la hora de hablar del manejo
del dinero, hay que tener mucho cuidado porque una mala asesoría puede
conllevar muchos contratiempos económicos, de tiempo y hasta posibles quiebras.
Un buen contador y, sobre todo, dejarse llevar por las recomendaciones
pertinentes, le evitará todo eso.
2- Servicios de salud. Tenemos que estar claro en que a nadie le gustaría
poner en riesgo su vida por una mala práctica médica. Como dice el refrán: “Cualquiera
se pone chivo”.
3- Servicios jurídicos. En este tipo de servicio, un abogado que no lleve
bien un caso, podría poner en peligro bienes materiales, económicos y hasta la
libertad de un inocente.
“Siempre procura que tus clientes te prefieran por ser
excelente, no solamente por el precio”. Andy Durán.
He conocido de muchos casos, en los que, por no pagar bien un buen
servicio, las consecuencias han sido funestas. “Contrata a los mejores y
déjalos hacer lo que saben. Si no, contrata a los más baratos y que hagan lo
que tú dices”. Warren Buffet.
En el caso de los servicios de contabilidad, impuestos, auditoría y
asesoría financiera, es muy importante estar claro de que el precio de los
honorarios se cobra, no solamente por realizar una declaración jurada de
impuesto, sino más bien por la responsabilidad, el conocimiento, la experiencia,
la calidad, la garantía, el tiempo, la eficacia y eficiencia. “Solo existe
un bien: el conocimiento. Solo hay un mal: la ignorancia”. Sócrates. “Cada
segundo es un valor infinito”. Johann Wolfgang Von Goethe.
Además de todo lo planteado en el párrafo anterior, es muy importante
resalta que el valor agregado y otros atributos forman parte del precio de los
honorarios de un servicio prestado.
Concluyo con la siguiente frase: “El precio se olvida. La calidad se
recuerda”. Juan Ma Perals.
Por, Andy Durán.
“La ley
es dura, pero es la ley (dura lex, sed lex)”.
“En este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos”.
Benjamin Franklin.
Por la magnitud que tiene el Proyecto de ley de Modernización Fiscal, es
oportuno analizar, detenidamente, cada uno de los aspectos que contine dicho
proyecto.
Desde mi punto de vista, hasta que la Ley de Modernización Fiscal no esté aprobada
por el Poder Legislativo y promulgada por el Poder Ejecutivo, se puede generar
mucho estrés y ansiedad por algunas especulaciones y opiniones de personas que
no dominan bien el tema de los impuestos: que es muy delicado y un poco complicado.
Con el tiempo, es normal y necesario, que algunas leyes deben ser modificadas,
creadas y derogadas. Eso es parte del desarrollo y crecimiento de los pueblos.
Con relación al tema de los impuestos, yo soy de opinión que el asunto no
es solamente crear o eliminar más impuestos, modificar tasas impositivas, otorgar
o quitar incentivos ficales, etc. Lo que realmente es muy importante es el destino
y el manejo de los ingresos que recibe el Estado por concepto de las
recaudaciones. También, que es el grito de la población, la erradicación de la evasión
y los delitos tributarios. Un problema y mala práctica de muchas décadas, que
no solamente ocurre en nuestro país (República Dominicana). Es un mal que existe
en muchos países, específicamente los subdesarrollados.
Es importante aclarar y reconocer que, no obstante a lo planteado en el
párrafo anterior, hemos avanzado mucho en materia de las recaudaciones de
impuestos, el gasto público, la modernización y transformación de la
Administración Tributaria, creación y elaboración de leyes, decretos y normas
fiscales, la lucha contra la evasión y los delitos tributarios, etc.
“Lo más difícil de entender del mundo es el impuesto
sobre la renta”. Albert Einstein.
En los próximos días estaremos publicando varios artículos relacionados con
el tema de los impuestos.
Por, Andy Durán.
Nuestro Sistema Tributario
contempla varios tipos de regímenes de pagos de impuestos, pero en este caso
solamente me voy referir al Régimen Simplificado de Tributación (RST), el cual consiste en un método
que facilita el cumplimiento tributario de los medianos y pequeños
contribuyentes, sean personas jurídicas o personas físicas.
En el caso de los médicos, odontólogos y otros profesionales liberales que prestan servicios
exentos de ITBIS, el RST es el régimen de pago que le cae como anillo al dedo.
En comparación con los otros
regímenes de pago, el RST ofrece muchas ventajas, tales como:
1- Cuentan con una reducción del
40% de los ingresos más la exención contributiva, que para el año 2023 es de RD$416,220.
Es decir, que una persona que haya facturado RD$1,000,000 de ingresos, por
honorarios profesionales, durante el año, le deducen RD$816,220; por lo tanto
pagaría el 15% de RD$183,780, que son RD$27,567.
En el otro régimen de pago
solamente le deducen la exención contributiva, es decir, que se paga el 19.35%
de RD$583,780, que son RD$112,995.
En ambos casos se deduce la
retención del 10% del millón, que son RD$100,000; que en el caso del RST se
produce un saldo a favor de RD$72,433.
2- No se requiere contabilidad organizada.
3- No se paga anticipos del Impuesto Sobre la Renta
(ISR).
4- No se paga impuesto a los activos.
5- En el caso de que haya que pagar una diferencia
de impuesto (porque, dependiendo de los ingresos, en la mayoría de los casos se
produce un saldo a favor), se hace en 2 cuotas; la primera, el último día
laborable de febrero; la segunda, el último día laborable de agosto.
6- No es
necesario reportar gastos con número de comprobante fiscale (NCF). Esto es el formato
de envío 606.
7- Independientemente
de las retenciones que se le aplica a los ingresos por concepto de salarios,
intereses financieros y por dividendo, los mismos no aumentan la base imponible,
es decir, el monto al que se le aplica la tasa impositiva.
8- Es
mucho más fácil solicitar los Números de Comprobantes Fiscales (NCF), ya que no
es necesario reportar mensualmente los comprobantes fiscales utilizados para
enviar las reclamaciones a las ARS y también las facturas de ingresos emitidas
a otros clientes. Esto es el formato de envío 607.
Aclaraciones importantes:
1- El Régimen Simplificado de Tributación (RST) basado en ingresos es prácticamente lo mismo
que el Procedimiento Simplificado de Tributación (PST). El único cambio significativo que se le
hizo es que ya el saldo a favor no se usa para el año siguiente.
2- En el
Régimen Simplificado de Tributación (RST) se paga diferencia, claro a partir de RD$2,646,000
de ingresos por honorarios, servicios, alquileres y otros ingresos. Pero
siempre será menos que en el régimen de pago normal. Por ejemplo: cuando un
contribuyente paga RD$15,000 de diferencia en el RST, en el otro régimen
pagaría RD$300,000.
Ese pago
de RD$15,000 en el RST se hace en dos cuotas y no se paga anticipo.
En
cambio, el pago de RD$300,000 en el régimen normal se paga el 31 de marzo y
también se tiene que pagar 3 anticipos de ese valor: RD$150,000 en junio,
RD$90,000 en septiembre y RD$60,000 en junio.
3-
Muchas personas creen que en el RST no se paga diferencia porque confunden uno
de los requisitos para acogerse y permanecer en este régimen de pago, que es el
que trata de los RD$11,126,198.96.
Ese tope
de ingresos lo que plantea es que los contribuyentes, ya sean personas físicas
o personas jurídicas, que desean acogerse al RST basado en ingresos no pueden
tener ingresos al año superior a RD$11,126,198.96.
Si un contribuyente que está en
el RST se excede en un 5% o más de lo RD$11,126,198.96será excluido de dicho
régimen de pago.
Por, Andy Durán.
“Colocar números en cuadritos, ya es cosa del pasado”
El presente artículo es para analizar la evolución de
la carrera de contabilidad. Antes de entrar en detalle, es muy importante
aclarar que la contabilidad general no ha cambiado. Me refiero a los elementos
básicos, como son: el origen de las cuentas contables, la partida doble, los
libros contables, los pasos del ciclo contable, etc.
La contabilidad es considerada como el medio con el
que se mide y describe el resultado de una actividad económica.
La contabilidad también es llamada como el “lenguaje de los negocios”, ya que es
utilizada en la descripción de todo tipo de actividades comerciales.
El producto por excelencia de la contabilidad son los
estados financieros con sus respectivas notas.
La contabilidad siempre ha existido, de una forma u
otra, desde que los seres humanos empezaron a adquirir bienes, y han tenido la
necesidad de llevar permanentemente el control de estos. Los primeros registros
contables en la historia se pueden surgieron en el imperio Inca, el antiguo
Egipto y Roma.
Pero el estudio
de la contabilidad como tal tuvo su primera aparición con la publicación, en
Italia en el año 1494, de la famosa obra “Summa de Arithmetica, Geometría,
Proportioni e Proportionalita” Escrita por Luca Pacioli, el padre de la
contabilidad. Es un libro fundamentalmente matemático. El cual se refería a
aritmética, álgebra y geometría. Sin embargo, en la tercera parte del libro,
contiene el tratado de computis et scripturis (de las cuentas y las
escrituras), el cual consistía en una explicación sobre la teneduría de libros,
uno de los pilares grandes de la contabilidad.
Luca Pacioli es
reconocido por haber sido el contador más famoso de la historia, y a pesar de
que él no fue el inventor de la contabilidad, se le atribuye su divulgación
masiva.
Después de la
publicación del libro de Pacioli se empezó a considerar que el método superior
era la contabilidad de partida doble, y a medida que se desarrolló la
revolución industrial, se convirtió en una parte esencial de la vida
empresarial.
Este sistema de
partida doble tenía como objetivo ayudar a encontrar errores, partiendo de unos
ingresos perfectamente balanceados con su respectiva contraparte. La base del
sistema era registrar todos los movimientos o transacciones para llevar el
control de las entradas y salidas del negocio.
Con la llegada de la tecnología de la información, y
también con la globalización; y sobre todo la continua evolución de las diferentes
estructuras financieras de todos los países es evidente que se ha generado un
cambio en materia de económica, negocios y empresarial.
Esto ha provocado una competencia descomunal a escala mundial.
Por lo que se hace imprescindible implementar nuevas, leyes, normas y políticas
contables, a los fines de adecuar el ejercicio de la carrera de contabilidad
con la realidad actual.
En ese sentido, no era extraño de esperar un cambio significativo
en los resultados, presentación de informes actualizados; que reflejen, fielmente,
la veracidad económica de las empresas públicas y privadas.
Cada día más la contabilidad juega un papel muy importante
dentro de la sociedad. Debido a los constantes cambios, producto de la
globalización. Con el uso del Internet y las diferentes herramientas del área
de la tecnología de la información, el ejercicio de esta carrera da un salto
cualitativo y cuantitativo.
Antes de la llegada de las nuevas tecnologías de la información,
la contabilidad se ejercía de manera manual. Eso era tedioso y un poco
complicado, porque los registros y los diferentes libros contables eran trabajado
totalmente mano a mano. Con una serie de documentos que requerían del empleo de
muchas personas y de un tiempo bastante significativo.
Esto significa que había que hacer una entrada de
diario, luego asentar en las cuentas contables del libro mayor, después hacer
una balanza de comprobación, luego realizar los ajustes correspondientes y por
último elaborar los estados financieros. Ese es el ciclo contable. El cual
sigue siendo el mismo, pero ahora es a través del uso del Excel y un sistema
contable computarizado.
Un sistema contable computarizado facilita todo el
proceso del ciclo contable: Ahorra mucho tiempo, una reducción del personal,
herramientas, equipos, mobiliarios y espacio físico. Ahora, es muy importante
que el contador haga una correcta entrada de diario, siempre apegada a las
mejores prácticas que establecen las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF).
En un sistema de contabilidad computarizada, el contador
realiza una entrada de diario, con dichas informaciones las cuentas contables del
libro mayor se alimentan, de ahí se imprime una balanza de comprobación, para
luego obtener los estados financieros y otros tipos de informaciones.
Todo esto supone un gran reto para los profesionales
de la carrera de contabilidad, porque debido a los avances tecnológicos la
actualización es una realidad tan sorprendente que ya hoy se habla de la
inteligencia artificial.
Pero por más avance que la tecnología alcance, el rol
que desempeña un contador no podrá ser sustituido. Ya que, aunque ahora el proceso
del ciclo contable es más fácil y rápido de lo que era antes; los análisis, las
auditorías, la toma de decisiones y la interpretación los estados financieros, de
las diferentes leyes, normas y reglamentos contables requieren del empleo un buen
conocimiento y una vasta experiencia.
Por, Andy Durán.
Antes de entrar en materia es importante estar claro
con la definición de la
contabilidad.
La contabilidad es considerada como el medio con el
que se mide y describe el resultado de una actividad económica.
La contabilidad también es llamada como el “lenguaje de los negocios”, ya que es
utilizada en la descripción de todo tipo de actividades comerciales.
El producto por excelencia de la contabilidad son los
estados financieros con sus respectivas notas.
La contabilidad siempre ha existido, de una forma u
otra, desde que los seres humanos empezaron a adquirir bienes, y han tenido la
necesidad de llevar permanentemente el control de estos. Los primeros registros
contables en la historia se pueden surgieron en el imperio Inca, el antiguo
Egipto y Roma.
Pero el estudio de la contabilidad como tal tuvo su
primera aparición con la publicación, en Italia en el año 1494, de la famosa
obra “Summa de Arithmetica, Geometría, Proportioni e Proportionalita” Escrita
por Luca Pacioli, el padre de la contabilidad. Es un libro fundamentalmente
matemático. El cual se refería a aritmética, álgebra y geometría. Sin embargo,
en la tercera parte del libro, contiene el tratado de computis et scripturis
(de las cuentas y las escrituras), el cual consistía en una explicación sobre
la teneduría de libros, uno de los pilares grandes de la contabilidad.
Luca Pacioli es reconocido por haber sido el contador
más famoso de la historia, y a pesar de que él no fue el inventor de la
contabilidad, se le atribuye su divulgación masiva.
Después de la publicación del libro de Pacioli se
empezó a considerar que el método superior era la contabilidad de partida doble,
y a medida que se desarrolló la revolución industrial, se convirtió en una
parte esencial de la vida empresarial.
Este sistema de partida doble tenía como objetivo
ayudar a encontrar errores, partiendo de unos ingresos perfectamente
balanceados con su respectiva contraparte. La base del sistema era registrar
todos los movimientos o transacciones para llevar el control de las entradas y
salidas del negocio.
Por, Andy Durán.